Congreso autorizó a la PNP y FFAA el uso de armas para restablecer el orden en la emergencia del COVID-19
La ley enviada por el Congreso fue publicada el día sábado
28 de marzo del 2020, en la edición del Diario El Peruano: los miembros de la
PNP y FFAA podrán hacer uso de sus armas durante cuarentena por coronavirus.
El diario oficial El Peruano publicó la Ley N° 31012 que fue
enviada por el Congreso y que recibe el nombre de "Ley de Protección
Policial". Dicha normativa permite a los miembros de la Policía Nacional
del Perú así como a los de las Fuerzas Armadas emplear el uso de las armas para
restablecer el orden durante la cuarentena por el coronavirus.
"Está exento de responsabilidad penal: El personal de
las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento
de su función constitucional y en uso de sus armas u otro medio de defensa en
forma reglamentaria, cause lesiones o muerte", indica el artículo 5 que
modifica el numeral 11 del artículo 20 del Decreto N° 635 del Código Penal.
Y es que en los últimos días se situaron casos de agresión
física y verbal hacia los miembros de las Fuerzas Armadas así como para los de
la Policía Nacional del Perú. El caso del capitán del Ejército, Christian Cueva,
marcó un antes y después.
"La presente ley tiene por finalidad garantizar la
eficiencia del servicio que presta el personal policial en el cumplimiento de
su función constitucional cuando hacen uso de sus armas o medios de defensa,
cuando hacen uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y de
esta manera gocen de la protección legal del Estado".
Por su parte la ONG IDL no está de acuerdo con ésta ley,
según indica que es Inconstitucional, ¿acaso ésta ONG pretende debilitar la
labor de las FF.AA. y la PNP, o tomar el control como acostumbra con los otros
poderes?.
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